Del funcionamiento de los
semáforos podemos deducir algunas características humanas frente al uso del
poder.
Les
comentaré algo conocido (los semáforos) pero para referirme a algo menos
conocido (la psicología humana).
La
luz roja está ubicada en la parte jerárquicamente más prestigiosa del
artefacto: arriba, en la cabecera, en la parte superior.
Esta
luz indica prohibición, interrupción, represión y los humanos ubicamos estas
acciones en el lugar más importante, donde semióticamente se ubican los jefes, los
reyes, Dios, la figura paterna.
El
color rojo, que universalmente significa «peligro», nos está indicando que
«desconocer la prohibición es peligroso para el transgresor». Por lo tanto, de
forma sutil, el semáforo prohíbe, advierte y también amenaza.
Resumiendo:
las prohibiciones son para los humanos las órdenes jerárquicamente más
importantes. Quizá podríamos deducir que para los humanos tienen más poder
quienes poseen la autorización para prohibir a otros, para recortar las
libertades. En otras palabras: impedir, frustrar, frenar, son privilegios que
tienen quienes detentan funciones superiores. Quienes prohíben también tienen
autorización para amenazar, sancionar, castigar.
En suma: los seres humanos que puedan
prohibir, amenazar y castigar (como la luz roja del semáforo), se ubican
simbólicamente en la parte superior, significativa, valiosa.
Por
el contrario, la luz verde, la que autoriza, si bien cumple una función
trascendente, no es tan prestigiosa como la prohibidora. La ubicación
jerárquica dentro del artefacto, es la inferior, la que está más abajo.
Semióticamente el verde es un color «amable», «tolerante», «permisivo»,
«mínimamente persecutorio».
Podríamos
decir que los seres humanos no valoramos (jerarquizamos) a las personas
amables, tolerantes, permisivas y que no nos atemorizan.
La
luz amarilla solo se enciende para avisar que la luz verde está por apagarse,
es decir, nos avisa que la tolerancia circulatoria está por terminar. Por el
contrario, no se nos avisa cuándo finalizará la intolerancia.
(Este es el
Artículo Nº 1.661)
●●●
No hay comentarios:
Publicar un comentario